El contrato es un acuerdo entre dos voluntades ( quien va a trabajar y quien sera el empleador) Es conveniente que se realise de forma escrita aunque también tiene su validez cuando es realizado de forma verbal
''Contrato de trabajo es aquel por el cual una persona natural se obliga a prestar un servicio personal a otra persona natural o juridica bajo la continuada dependencia o subordinacion de la segunda y debe haber remuneracion'' ART 22 del CST.
Entre una persona natural y una juridica, puede establecerse un contrato laboral; entre dos personas juridicas (Ficticias con representante) se pueden acordar contratos mercantiles, civiles, de transporte etc.
Existe contrato de trabajo cuando se dan estos tre items;
1) Prestación personal del servicio
2) Subordinacion o dependencia
3) Remuneración o salario
Existe contrato de trabajo y relación de trabajo, este ultimo atiende a la prestación de servivios y no enccierrra todos estos tres items mencionados.
Hay 3 tipos de contrato;
1) Verbal
2) Escrito
3)Contrato de trabajo realidad
Las modalidades son contrato de trabajo a termino fijo, fijo inferior a un año; contrato de trabajo a termino indefinido; contrato de obra; contrato ocacional o transitorio
Contratos especiales
- contrato de trabajo con establecimientos particulares de ensenanza
- Agentes colocadores de polizas de seguros y titulos de capitalizacion
- Colocadores de apuestas permanentes
El Codigo sustantivo del trabajo pauta la obligaciones y prohibiciones del empleador; periodo de prueba; terminacion del contrato de trabajo ( por parte del trabajador y del empleador); reanudación del trabajo.
Despidos que requieren autorizacion legal:
- Trabajadora en estado de embarazo
- Trabajador amparado por el fuero sindical
- imcumplimento de instrucciones de salud ocupacional
- despidos colectivos
- trabajador con limitaciones
Es importante mencionar que se establecen formas estipuladas para la correcta terminacion de un contrato.

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